jueves, 28 de junio de 2012

Consejos de Seguridad para los Peatones


 Algunos consejos de utilidad que deben ser seguidos por los peatones al cruzar las carreteras están enumerados a continuación:
  • Obedecer las señales de tránsito en todo momento.
  • Cruzar siempre en las intersecciones.
  • Esperar la luz verde a tu favor.
  • Mirar a ambos lados antes de cruzar en una intersección.
  • Utilizar los puentes para peatones.
  • Utilizar vestimenta de colores claros cuando se camine de noche.
  • Caminar únicamente por las aceras y cuando no las hubiere, debes hacerlo por el borde o paseo izquierdo de frente al tránsito.
  • Si debes cruzar fuera de una intersección o fuera del paso de peatones, el paso le corresponde a los vehículos.
  • No debes distribuir propaganda, productos u otros artículos en la zona de rodaje.
  • Solicitar pasaje gratis, acostarte o sentarte en el pavimento, puede ser sumamente peligroso.
  • Nunca asumas que tienes el derecho al paso. Hay muchos conductores que ignoran las señales de tránsito y algunas veces atropellan a las personas en los pasos de peatones.
  • Cuando haya mal tiempo, debes tener cuidado que la sombrilla o la capa no te obstruyan la visibilidad de los vehículos que se aproximan.
  • Ingerir alcohol y caminar puede ser igualmente peligroso a tomar alcohol y conducir. Si ingieres alcohol, debes utilizar transportación pública o pedirle a alguien que no haya ingerido bebidas embriagantes que te lleve tu casa.

Consejos para peatones


 No camine por vereda
 Respete los semáforos. Con semáforo en verde puede cruzar, pero no se confíe.
s donde esté el riesgo de caídas de objetos
 Al cruzar una calle, no corra y no se distraiga.
Utilice la senda peatonal. Si ésta no estuviese señalada, cruce por la esquina

 Verifique que no se acerque ningún vehículo desde ambos sentidos
No se fíe de su vista ni de sus piernas. La distancia y velocidad engañan.
 Nunca salga por detrás de un vehículo estacionado sin antes mirar muy bien a ambos lados
 Nunca camine cerca del borde de una ruta o camino. Hágalo por donde esté más seguro. Si es necesario hacerlo hágalo por su izquierda, caminando por la banquina, así podrá ver los vehículos que vienen. Si es de noche colóquese un brazalete blanco o reflectante.
 Preste atención a las señales acústicas o luminosas que hacen los conductores para avisar de su proximidad.

 No utilice walkman mientras camina.
 Cuando cruce la calle, hágalo de una sola vez, sin detenerse en el medio de la calzada (esto es muy peligroso en avenidas).

 Respete siempre las barreras o señales de los pasos a nivel. No confíe de su vista ni de sus piernas. Espere que pase el tren y luego cruce.
 Nunca cruce la calle entre autos detenidos.
 Al cruzar una calle esperar en la vereda hasta tener semáforo en verde. No espere parado en la calle.

 No camine por atajos en malas condiciones o lugares desconocidos. El trayecto al trabajo debe ser siempre por el mismo camino y ser el más seguro.
En el caso de transporte público tenga presente las siguientes normas de seguridad:
 No viaje en los estribos.
 No saque los brazos ni se asome por la ventanilla.
 No se apoye en las puertas.
 Al ascender y descender del transporte, espere que el vehículo se detenga completamente y mire bien hacia ambos lados.
Nunca corra detrás de un colectivo o de un tren.
 Si hubiese una emergencia en el tren y tiene que evacuar el vagón nunca lo haga hacia el sector donde haya circulación de trenes, puede ser atropellado por un tren que venga en sentido contrario.

Riesgos de usar el teléfono celular mientras se conduce


Cada vez es más común el hábito de combinar, muchas veces peligrosamente, el uso de la telefonía móvil en sus maneras más elementales (hablar, y ahora por ejemplo chatear, navegar por Internet…), junto con la conducción automovilística. Hay algunos casos en el que la acción adquiere mucho más riesgo -cuando el conductor no cuenta con audífonos especiales para poder hablar con la persona interlocutora-, y por ende tiene que hacer uso de una mano para maniobrar el volante y a la vez sostener el aparato. Es cierto que la sociedad digital ha avanzado tanto que ahora podemos darnos algunos lujos impensados hace unas temporadas: utilizar un computador en un bus urbano, disfrutar de cientas de canciones favoritas en dispositivos mucho más pequeños y prácticos que un walkman de la vieja guardia o discman, etc. A pesar de todo, la seguridad y el compromiso por usar de una manera acertada los productos tecnológicos siempre deben ir de la mano.
Volviendo al tema central, los principales inconvenientes a la hora de usar un teléfono celular mientras se conduce pueden ser o son los siguientes.
Al ocupar la atención en una acción distinta a la de manejar, se puede sufrir cualquier tipo de accidente por cuanto no se cuenta con la concentración necesaria para poder desempeñar un buen trabajo en la vía.
En algunos países, las leyes de tránsito imponen multas a las personas que mientras manejan un vehículo usan el teléfono celular. Esta resulta ser una de las faltas más recurrentes en la vía y también se castiga con un alto costo.
Dependiendo del tipo de teléfono celular y de las condiciones del lugar donde se establece la comunicación, la interferencia en la señal puede ser más o menos notoria por lo que no se gozará de una conversación fluida.
Se ha comprobado que en ciertos casos las conversaciones por el celular son un aglutinante severo para la descomposición psicológica el conductor, añadiendo más tensión durante el tiempo que dedica al manejo del vehículo.
En muchas oportunidades, el teléfono celular es un elemento de estorbo. Está visto que pocas personas están dispuestas a tenerlo en la guantera del carro para que lo ubiquen allí cada vez que necesitan utilizarlo, prefiriendo tenerlo entre las piernas sobre el tablero o bien en un asiento.
Por supuesto, además de un estorbo, el teléfono celular puede ser un elemento distractor peligroso. Si se está haciendo un cruce riesgoso, por ejemplo, el que suene en ese momento puede confundir bastante a la persona.
No utilice el celular ni otros aparatos que causan distracción y tensión al conducir. La telefonía celular, que constituye una herramienta muy útil en la comunicación actual, resulta sin embargo un problema serio mientras se conduce.

Luz Verde - Seguridad Vial: Los Agentes de Tráfico

Educacion Vial Para niños XII ( Primaria)

EDUCACIÓN VIAL

sábado, 9 de junio de 2012

10 de Junio: Día de la Seguridad Vial

Con motivo de conmemorarse el día de la seguridad vial la ONG APRAVAT invita a realizar una actividad de concientizaciòn este domingo 10 de junio de 15,00 a 18,00 hs. en Peatonal San Martín y Mitre, frente a la Catedral, donde se intentará acercar conceptos relacionados con la educación y la seguridad vial a las personas que transiten por ese lugar.
Un poco de historia para comprender que el cambio en el futuro es posible, pero debemos mejorar sensiblemente lo que estamos haciendo en Mar del Plata. 
El 10 de Junio de 1945 fue el día donde se cambió el sentido de circulación, pasando a transitar los vehículos del lado derecho de la calzada, conmemorándose por ello el día de la seguridad vial. 
Un dato a tener en cuenta, para demostrar que la concientizaciòn y la educación salvan vidas es que los días previos a aquel 10 de Junio se informó a toda la población sobre el cambio de mano, las dificultades, nuevos cuidados que debían tener, etc. Lo que arrojó como resultado que en aquella fecha no se produjera ni una sola víctima fatal. 
Recordemos siempre que el tránsito lo hacemos entre todos, por eso todos somos parte del problema y por ende también de la solución. Dejemos de echarle la culpa siempre al otro y comencemos a cambiar de a poco nuestras conductas equivocadas, tratemos al otro como quisiéramos que nos traten a nosotros y entre todos podremos cambiar esta triste realidad que se lleva más de 20 vidas a diario en todo el país. 
Feliz día para todos aquello que trabajan incansablemente y de corazón en pos de un poco más de Seguridad y educación vial, a nuestro criterio una herramienta fundamental para torcer el rumbo. 
                                              

martes, 5 de junio de 2012

Infracciones graves


  1. Se consideran infracciones graves las siguientes:
    • El abandono, vertido o eliminación incontrolada de cualquier tipo de residuo urbano cuando por su escasa cuantía o cantidad no merezca la calificación de muy grave.
    • La negativa por parte de los productores o poseedores de residuos urbanos de poner los mismos a disposición de LIPASAM cuando sea obligatorio.
    • La entrega de residuos urbanos por parte de los productores o poseedores a gestores no autorizados.
    • Depositar residuos orgánicos a granel en los contenedores o buzones de recogida neumática.
    • No depositar en los contenedores o buzones de recogida neumática residuos urbanos en la forma establecida en esta Ordenanza para su recogida selectiva.
    • Las infracciones leves que por su trascendencia cuantitativa y relevancia merezcan la consideración de graves.
    • La reincidencia en infracciones leves.

Artículo 105 Infracciones leves

  1. Tendrán la consideración de infracciones leves todas aquellas que no estén tipificadas en la presente Ordenanza como muy graves o graves.

    A título meramente enunciativo, se califican como infracciones leves las siguientes:
    • Tirar en la vía pública toda clase de productos, tanto en estado sólido como líquido o gaseoso, incluidos los residuos procedentes de la limpieza de la vía pública por los particulares.
    • No depositar en las papeleras previstas al respecto los residuos sólidos de tamaño pequeño como papel, envoltorios y similares, cuando no se depositen junto con la basura diaria.
    • Escupir o satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública.
    • Sacudir ropas y alfombras, desde balcones, sobre la vía pública.
    • Arrojar desde balcones restos del arreglo de macetas.
    • El riego de plantas, si con ello se producen derramamientos o goteos sobre la vía pública.
    • Vaciar agua sucia sobre la vía pública o zonas ajardinadas.
    • El vertido, sobre la vía pública, de desagües de aparatos de refrigeración.
    • No proceder a la limpieza o a la adopción de las medidas pertinentes de los titulares de aquellas actividades que puedan ocasionar suciedad de la vía pública, o que la ocupen para su desarrollo.
    • No prevenir o evitar el ensuciamiento de la vía pública por las personas que realicen en ella o en sus alrededores algún tipo de obra.
    • No disponer los materiales de suministro o residuales en el interior de la obra o dentro de la zona acotada de vía pública autorizada.
    • Efectuar en la vía pública las operaciones propias de las obras.
    • No proceder de forma inmediata al cubrimiento o reposición del pavimento una vez efectuado el relleno de las calicatas.
    • No proceder, por parte del contratista, constructor principal o promotor o el transportista, a la limpieza diaria y sistemática, de la vía pública que resulte afectada por la construcción de edificios, realización de obras, labores de carga y descarga de materiales destinados a éstas.
    • No cubrir en los vehículos de transporte la carga con lonas, toldos, redes o similares, tendentes a evitar el derrame o dispersión de materiales o restos de obra.
    • Usar elementos no homologados de suplementos adicionales para aumentar la capacidad de carga de los vehículos o colmar los contenedores o cubas.
    • El uso de cubas que no estén autorizadas por los Servicios Municipales, o sin los datos de identificación que se establezcan al respecto.
    • Lavar vehículos y maquinaria en la vía pública, o cambiarles aceites y otros líquidos, así como repararlos, salvo actuaciones puntuales de emergencia.
    • La limpieza de escaparates y elementos exteriores de establecimientos comerciales y edificios, fuera de las horas marcadas al respecto por esta Ordenanza.
    • No constituir las fianzas u otro tipo de garantías encaminadas a garantizar las responsabilidades derivadas del ensuciamiento de su actividad para aquel tipo de actividad que el Ayuntamiento determine su necesidad.
    • La colocación de carteles y adhesivos en los lugares no autorizados expresamente para ello.
    • Desgarrar anuncios y pancartas.
    • Esparcir y tirar toda clase de octavillas y materiales similares y colocación de publicidad en los vehículos.
    • Las pintadas en la vía pública sobre elementos estructurales, calzadas, aceras, mobiliario urbano, muros y paredes que no permita expresamente este Ordenanza.
    • No vallar los solares que linden con la vía pública con los cerramientos previstos, ni mantenerlos en condiciones de higiene.
    • No mantener limpios, los titulares de comercios y establecimientos, las fachadas de los mismos.
    • Mantener a la vista en ventanas, balcones y terrazas, ropa tendida o cualquier otra clase de objetos que sean contrarios al decoro de la vía pública.
    • No proceder el propietario de animal doméstico, o subsidiariamente la persona que lo lleve, a la limpieza de la zona de la vía pública que ensucie.
    • La limpieza o lavado de animales domésticos en la vía pública.
    • La producción de vertidos como consecuencia de una deficiente presentación de las basuras.
    • El depósito de basuras conteniendo residuos líquidos o susceptibles de licuarse.
    • Depositar las bolsas de basuras fuera de los contenedores o buzones de recogida neumática.
    • La manipulación de basuras en la vía pública.
    • Modificar la ubicación de los contenedores sin autorización municipal.
    • Depositar residuos en recipientes o contenedores homologados exclusivamente para el interior de los inmuebles y locales de negocio o sacarlos fuera de los horarios establecidos al respecto o no disponerlo en los lugares establecidos al respecto.
    • Mantener en la vía pública los recipientes o contenedores homologados previstos para el interior de los inmuebles y locales de negocio fuera del horario establecido para su recogida.
    • Obstaculizar con cualquier tipo de medios los vados o reservas de espacios establecidos para la colocación de los contenedores.
    • No eliminar los propietarios y responsables de áreas ajardinadas los restos de poda de jardinería.
    • No disponer los restos de poda y jardinería conforme especifica la presente Ordenanza.
    • La permanencia de residuos industriales o de los contenedores de recogida destinados al respecto, en la vía pública, por un tiempo superior a las dos horas.
    • Abandonar vehículos fuera de uso en la vía pública.
    • Abandonar muebles y enseres en la vía pública.
    • No poner a disposición del servicio de recogida de basuras los restos de animales muertos conforme a las especificaciones de esta Ordenanza.
    • No retirar los restos de escombros, por parte de los responsables de obras en la vía pública, en los plazos especificados en este Ordenanza.
    • El uso sin autorización administrativa de los contenedores de obras.
    • No disponer los contenedores de obra de las características técnicas definidas en esta Ordenanza, así como ubicarlos en zonas de dominio público sin la autorización preceptiva.
    • No proceder al cierre o retirada de los contenedores en las circunstancias que marquen esta Ordenanza.
    • No adoptar las medidas oportunas para evitar que el contenido de los contenedores de obras se derrame o esparza como consecuencia de la acción del viento.
    • Colmar la carga de materiales el nivel del límite superior de los contenedores.
    • Colocar los contenedores de obra fuera de las zonas habilitadas por esta Ordenanza al respecto ni con las especificaciones para ello previstas.
    • La recogida de los objetos y residuos depositados en contenedores de recogida selectiva de residuos sin autorización municipal.
    • Evacuar en los registros públicos de la red de alcantarillado residuos no permitidos.
    • La instalación de trituradores domésticos que evacuen los productos a la red de saneamiento.
    • Incumplir la obligación establecida en el artículo 14.2 relativa a la identificación de los promotores o titulares de las obras.
    • Incumplimiento de la normativa que con respecto al reparto publicitario se incluye en los artículos 21 y 22.